CONCURSO PARA LA PROVISION, EN PROPIEDAD, DE UNA PLAZA DE SUBALTERNO (GRUPO E) DE LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL PATRONATO PARA EL CENTRO ASOCIADO DE LA U.N.E.D. EN ALMERÍA.

CONCURSO PARA LA PROVISION, EN PROPIEDAD, DE UNA PLAZA DE SUBALTERNO (GRUPO E) DE LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL PATRONATO PARA EL CENTRO ASOCIADO DE LA U.N.E.D. EN ALMERÍA.

Patronato para el Centro Asociado de la UNED

Area de Presidencia y Hacienda

Administración Patronato UNED

Personal - Puestos de Trabajo - Subalterno (Grupo E)

Publicado: 06/10/2020
Modificado: 14/10/202019/10/202019/10/2020;

CONVOCATORIA DE CONCURSO
PARA LA PROVISION, EN PROPIEDAD, DE UNA PLAZA DE SUBALTERNO (GRUPO E) DE LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL PATRONATO PARA EL CENTRO ASOCIADO DE LA UNED EN ALMERÍA.


1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Es objeto de la presente convocatoria la celebración de Concurso libre de méritos para la provisión, en propiedad, de una plaza de Subalterno de la plantilla de personal laboral del Patronato para el Centro Asociado de la UNED en Almería, dotada con las retribuciones básicas correspondientes al grupo E y con las retribuciones complementarias que figuran en el Convenio Colectivo del personal laboral de la Diputación Provincial de Almería. Las funciones del puesto de Subalterno de este Patronato se indican en el anexo núm. 1.



2.- CONDICIONES GENERALES DE CAPACIDAD QUE HABRÁN DE REUNIR TODOS LOS ASPIRANTES
a) Tener la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea en los términos previstos en la legislación vigente. Estas previsiones serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

El acceso al empleo público como personal laboral, se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internaciones celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 del EBEP.

Los extranjeros a los que se refieren los apartados anteriores, así como los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder al Patronato para el Centro Asociado de la UNED en Almería, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles.

Esta condición y la del apartado b) se acreditarán aportando fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o del documento de identificación del país comunitario o del país extranjero correspondiente, dentro del plazo de admisión de instancias.

b) Requisitos de edad.
- Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de sesenta y cinco años.

c) Poseer el título de certificado de escolaridad o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes.

El título deberá figurar expedido en castellano.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, convalidación o reconocimiento en España.

d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario o despido del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

3.- SOLICITUDES Y DOCUMENTOS A PRESENTAR

Los aspirantes deberán presentar solicitud en modelo oficial en la que soliciten tomar parte en el Concurso de méritos y manifiesten que cumplen todas y cada una de las condiciones generales exigidas en la base segunda, adjuntando fotocopia de los documentos que acrediten que, efectivamente, cumplen estas condiciones, exceptuando las recogidas en los puntos d) y e), que habrán de acreditarse posteriormente.

Podrán solicitar la incorporación a su instancia, de documentos que obren en poder del Patronato para el Centro Asociado de la UNED en Almería, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde que el documento fue presentado e indiquen órgano y fecha en que se presentó.

Los documentos que han de aportarse para acreditar que se cumplen las condiciones indicadas en la base 2 (apartados a, b y c) son los siguientes:
1) Documento Nacional de Identidad, pasaporte o documento de identificación del país comunitario o del país extranjero correspondiente. (En caso de presentación en formato electrónico no será necesario presentar dicho documento, ya que se precisa el certificado digital para su presentación).
2) Título exigido o resguardo de haber abonado los derechos por su expedición.

A la solicitud habrán de adjuntarse las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los interesados. La documentación podrá presentarse en fotocopias simples. No serán tenidos en cuenta los méritos que no estén justificados por el documento correspondiente o fotocopia del mismo presentado dentro del plazo de admisión de solicitudes.

Toda la documentación deberá presentarse en castellano.



4.- PLAZO Y FORMA DE PRESENTACION DE DOCUMENTOS

Las solicitudes y documentación se presentarán de la siguiente forma:
a) En el Registro General del Patronato para el Centro Asociado UNED Almería, en formato papel por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, o hasta el primer día hábil siguiente si el plazo concluye en sábado, domingo o festivo.
En el supuesto de presentación de solicitudes en Administración distinta al Patronato para el Centro Asociado UNED Almería, el particular deberá comunicarlo mediante correo electrónico a la dirección patruned@dipalme.org.

A tales efectos, se rellenará el modelo de solicitud que figura en www.patruned.dipalme.es y se detallarán los documentos presentados, anexando los documentos.

b) En la Oficina de Registro Electrónico del Patronato para el Centro Asociado de la UNED en Almería, a través de su Oficina Virtual, accesible desde la Sede Electrónica del Patronato (http://www.patruned.dipalme.org/), en el dentro del plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, o hasta el primer día hábil siguiente si el plazo concluye en sábado, domingo o festivo.

El acceso es de 24 horas todos los días del año, salvo fuerza mayor o paradas de sistema que se anunciarán en la Sede Electrónica del Patronato con la mayor antelación posible. La presentación de solicitudes en formato electrónico es necesario autenticarse con un certificado de firma electrónica reconocido por @firma, tales como el certificado de clase 2 de la FNMT www.cert.fnmt.es) o el DNI-electrónico (www.dnielectronico.es).

A efectos del cómputo de plazos:
- Se consideran días inhábiles los considerados como tales para la ciudad de Almería, en la que tiene su sede el Patronato.

- Cuando la presentación en la oficina electrónica se realice en un día de los considerados inhábiles según el criterio anterior, la presentación se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente.

Terminado el plazo de admisión de instancias, en el plazo de un mes, como máximo, el Presidente del Patronato dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as, en su caso. En dicha Resolución, que se publicará en el B.O.P.A, se indicará el lugar en que se encuentran expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, con indicación del plazo de subsanación que, en los términos del art. 68 de la Ley 39/2015, 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concede a los aspirantes excluidos y determinando lugar y fecha en la que se celebrará la reunión del Tribunal para baremación de los méritos presentados por los aspirantes.

La publicación de dicha resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería será determinante a los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del/la interesado/a.



5.- PROCEDIMIENTO DE SELECCION DE LOS ASPIRANTES

El Tribunal valorará los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes, con arreglo al siguiente baremo:

BAREMO DE MERITOS

1) Méritos Profesionales.

1.A- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas en plaza ó puesto de igual ó similar contenido al que se opta………………….... 0,05 puntos.

1.B- Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido…………………………………………………………………………. 0,02 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.




2) Méritos Académicos.

-Por estar en posesión de una titulación de Grado Medio Formación Profesional específica o F.P. Primer Grado, en todo caso en la misma área de conocimientos que los exigidos para la plaza/puesto. ……………………………………………………………………………………………1’00 punto.

Las titulaciones que se valorarán en este apartado 2 serán, en todo caso, distintas a las que habilitan para participar en las pruebas selectivas.


3) Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas.

Haber participado o impartido actividades formativas, siempre que se encuentren relacionadas con las funciones a desarrollar o cuyo contenido sea relativo a la prevención de riesgos laborales específicos del puesto/plaza objeto de la convocatoria y organizados, bien por una Administración Pública o una Universidad, bien por una institución pública o privada (Colegio Profesional, Sindicato, etc.) en colaboración con la Administración Pública.


a) Por la participación como asistente:

Por cada de hora de duración…………………………………………………………..0'005 puntos.

b) Por la participación como ponente o por impartir un curso:

Por cada hora de duración………………………………………………………………0'010 puntos.

En el supuesto de que la duración del curso se exprese en días, se establece una equivalencia de 5 horas por cada día de curso.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima de 0'025 puntos (como asistente) ó 0'010 (como ponente). En la acreditación de seminarios permanentes que duren un curso lectivo deberán especificarse el número de horas, en caso contrario se valorarán con la puntuación mínima.

Las materias de las actividades formativas que se valorarán en la fase de concurso serán las relacionadas directamente con las funciones objeto de la plaza de referencia.

La puntuación máxima que podrá obtenerse en este apartado será de 1 punto.




4.- SUPERACIÓN DE PRUEBAS SELECTIVAS

4.A- Haber aprobado todos los ejercicios de pruebas selectivas celebradas en el ámbito de las Administraciones Públicas para cubrir permanentemente plazas o puestos iguales a los que se pretende acceder........................................................................................................1,00 punto por cada selección.

4.B- Haber aprobado todos los ejercicios de pruebas selectivas celebradas en el ámbito de las Administraciones Públicas para cubrir temporalmente plazas o puestos iguales a los que se pretende acceder......................................................................................................0,50 puntos por cada selección.


JUSTIFICACIÓN DE LOS MERITOS ALEGADOS

La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al Baremo indicado en el punto A será la siguiente en cada caso:

1.- Experiencia profesional

1.A- La experiencia profesional en plaza o puesto de igual o similar contenido fuera del ámbito de la Administración Pública se justificará:

1.A.a.- En el caso de servicios prestados por cuenta ajena, aportando los siguientes documentos:

1º.- Contrato de trabajo o certificación de la empresa correspondiente al periodo que se alega.

2º.- Documento acreditativo de vida laboral expedido por la Seguridad Social, donde conste el periodo y grupo de cotización.

1.A.b.- En el caso de servicios prestados por cuenta propia, aportando los siguientes documentos:

1º.- Documento acreditativo de vida laboral expedido por la Seguridad Social, donde conste periodo y grupo de cotización, salvo aquellos colectivos profesionales que estén exentos de esta cotización, lo que deberá acreditarse de forma fehaciente. En este caso deberán presentar certificado del correspondiente Colegio en el que figure que está dado/a de alta como ejerciente y el periodo de alta.

2º.- Cuando se trate de periodos durante los que estuviera vigente el Impuesto de Actividades Económicas, se presentará justificante de pago del impuesto de cada uno de los años en que se haya estado en situación de alta en el mencionado impuesto.

1.B- La experiencia profesional en plaza o puesto de igual contenido en el ámbito de la Administración Pública se justificará :

1.B.a.- Aportando la documentación indicada en el apartado 1.A.a ó presentando certificación expedida por la Secretaría o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal, donde constarán los siguientes datos:

- Denominación de los puestos de trabajo que hayan desempeñado con expresión del tiempo que los haya ocupado.

- Dependencias a las que estén adscritos dichos puestos.

- Relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño de los puestos con la Administración.

1.C.- En todos los apartados del punto 1 del Baremo, para acreditar que se ocupa o se ha ocupado plaza o puesto de igual o similar contenido, cuando no coincidan la denominación de los que se hayan ocupado con el de la plaza o puesto al que se opta, el/la interesado/a habrá de adjuntar certificado en el que consten las funciones desarrolladas, para justificar que son iguales o similares a las que el catálogo de puestos de este Patronato asigna a la mencionada plaza o puesto.


2.- Expediente académico

Para acreditar los méritos señalados en el punto 2 del Baremo habrá de aportarse certificación académica personal o, en su caso, el título o resguardo del abono de los derechos por su expedición.


3.- Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas

Para acreditar los méritos señalados en el punto 3 del Baremo habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la Universidad o Administración Pública organizadora del curso, jornadas..., o en colaboración con la cual se haya realizado la actividad formativa, en la que conste:
- denominación del curso, jornadas...
- número de horas/días de duración
- concepto en el que participó el/la aspirante.

En todo caso habrá de tenerse en cuenta que sólo se valorarán cursos, jornadas... relacionados con las funciones a desarrollar en este Patronato en el puesto/plaza de que se trate.

En el supuesto de cursos organizados por los sindicatos al amparo de los planes anuales de Formación Continua del personal al servicio de la Administración Pública, habrá de aportarse certificación del órgano competente de la mencionada institución donde consten los extremos antes indicados y la convocatoria de Formación Continua a la que pertenezca el curso.

En todos los casos previstos en el apartado 3º de este baremo, deberá acreditarse el contenido de los cursos de formación, mediante la presentación del programa. En otro caso, el tribunal valorará discrecionalmente la relación o no con el contenido del puesto de trabajo.

4.- Superación de pruebas selectivas

En los dos supuestos previstos en el punto 4 del Baremo para justificar la superación de pruebas selectivas habrá de aportarse certificación en la que conste este extremo, indicando asimismo:
· Procedimiento de selección: oposición o concurso-oposición.
· Carácter temporal o permanente de la provisión.
· Publicidad: fecha de publicación en los diarios oficiales o medios de comunicación.
· Superación de todos los ejercicios de las correspondientes pruebas selectivas.

Asimismo, habrá de acreditarse, mediante certificación, la superación de pruebas selectivas a los efectos establecidos en el apartado 1.B del Baremo.



6.- CALENDARIO DE LAS PRUEBAS Y ORDEN DE ACTUACION

La primera reunión del tribunal no se celebrará antes de la última semana de julio de 2020. Finalizada la valoración de méritos, las calificaciones se expondrán en la página web del Patronato.

La fecha de la constitución del Tribunal y la concreción de la celebración del concurso se publicará en el anuncio junto con la relación de admitidos y excluidos.



7.- FORMACION Y ACTUACION DEL TRIBUNAL CALIFICADOR

El Tribunal que juzgará el concurso estará integrado por los siguientes miembros:

PRESIDENTE

• Empleado del Patronato que designe la Presidencia del Patronato.

VOCALES

• Un Profesor-Tutor del Centro Asociado UNED Almería.
• Dos empleados del patronato para el Centro Asociado de la UNED en Almería.
• El Secretario del Patronato Asociado de la UNED en Almería, que actuará como Secretario/a, o funcionario de la Diputación de Almería en quien delegue.

- Todos los miembros del Tribunal deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.

- La composición del tribunal deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

- El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

- Los órganos de selección velarán por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre sexos.

- Los Tribunales actuarán con independencia, discrecionalidad técnica y con austeridad y agilidad, a la hora de ordenar el desarrollo de los procesos de selección, sin perjuicio de la objetividad.

-No podrán formar parte de los Tribunales quienes hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la presente convocatoria.

-El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos de tres de sus componentes, siendo imprescindible la presencia del Presidente y del Secretario.

-Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando en éstos concurran circunstancias de las determinadas en el mencionado precepto legal.

-Así mismo, podrán disponer la incorporación de colaboradores que asistan al Tribunal para la vigilancia y normal desarrollo del proceso selectivo, los cuales serán designados conforme a lo establecido en el párrafo anterior.
A estos efectos, previamente al inicio del procedimiento selectivo se publicará la designación de los miembros del tribunal en la página web del Patronato.


Calificación de la fase de concurso

El Tribunal estudiará los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes admitidos, calificándolos con arreglo al Baremo que figura en la base quinta sin límite en las puntuaciones que se puedan obtener en cada uno de los apartados del baremo, excepto el establecido para los cursos de formación.

En aplicación de lo establecido en el párrafo 8º del art. 61 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de personal laboral fijo un número superior al de las plazas convocadas. Además, el Tribunal declarará capacitados para la prestación de servicios temporales hasta el aspirante que haya obtenido la mitad de la puntuación del primero, salvo casos excepcionales, a considerar discrecionalmente por el Tribunal en función de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes, con sujeción a lo establecido en el Título III del Reglamento de Selección, Provisión de puestos de trabajo y Promoción interna de la Excma. Diputación Provincial de Almería.

En caso de empate en la puntuación final, el Tribunal llevará a cabo el desempate de los aspirantes con la aplicación de los criterios que se relacionan, por orden de prelación:
1.- Mayor tiempo de servicios prestados en puesto similar en la Administración Pública.
2.- Mayor tiempo de servicios prestados en puesto similar en la empresa privada.
3.- Por sorteo o entrevista con los aspirantes, a criterio del Tribunal.
La propuesta del tribunal tendrá carácter vinculante para el/la Presidente/a del Patronato, que tiene atribuida la competencia para el nombramiento y contratación del personal de la misma.

Contra la propuesta del Tribunal que culmine el procedimiento selectivo, los/as interesados/as podrán interponer recurso de alzada ante el Presidente del Patronato, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de diez días durante los cuales se expondrá el anuncio con la propuesta del tribunal en el Tablón de Edictos del Patronato para el Centro Asociado de la UNED en Almería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que estime pertinente.

El Tribunal que juzgará el concurso objeto de la presente convocatoria se clasifica dentro de la tercera categoría, a los efectos prevenidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de Mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

En lo no previsto en estas bases, el Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas e incidencias se presenten, adoptando las medidas necesarias para el normal desarrollo del concurso-oposición.


8.- PRESENTACION DE DOCUMENTACION

Los/as aspirantes aprobados/as deberán presentar en la Secretaría del Patronato, en el plazo de 20 días naturales contados desde que se haga pública la propuesta del Tribunal, la siguiente documentación:

a) Informe médico emitido por el Servicio de Prevención de riesgos laborales del Patronato, acreditativo de poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas de la plaza/puesto.
b) Título exigido o resguardo del pago de los derechos del mismo, pudiendo presentar fotocopia para su compulsa con el original.
c) Declaración responsable de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario o despido del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
d) Declaración responsable de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público, incluida la Seguridad Social, el día de la toma de posesión, estándose a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y, en especial, a su art. 10 y en todas las disposiciones que se dicten en su desarrollo.
e) Declaración responsable de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo que se va a desempeñar en este Patronato. En su caso, deberá presentar solicitud de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se desarrollen al margen de la Diputación.
f) En su caso, certificación del/los órgano/s competente/s que acredite que el/la aspirante tiene un grado de discapacidad igual o superior al 33%, así como su aptitud para el desempeño de las funciones propias de la plaza/puesto al que opta.
g) Compromiso de confidencialidad.
h) Documento Nacional de Identidad y fotocopia del mismo, o documento de identificación del país comunitario o del país extranjero correspondiente.
Asimismo, habrán de aportar los documentos originales de los méritos alegados y presentados mediante fotocopia simple junto a la instancia solicitando tomar parte en el concurso objeto de la presente convocatoria.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos o empleados/as laborales fijos/as al servicio de una Administración Pública estarán exentos/as de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del ministerio u organismo de quien dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Quienes dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.


9.- BASE FINAL

En lo no previsto en las bases anteriores regirán las siguientes disposiciones normativas:

- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
- Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
- Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.
- Reglamento de Selección, Provisión de Puestos y Promoción Interna de la Excma. Diputación Provincial de Almería, aprobado por acuerdo de Pleno de 30 de diciembre de 2004 (publicado en el BOP núm. 9/2005, de 14 de enero) (Modificaciones publicadas en el BOP núm. 113/2010, de 15 de junio y en el BOP núm. 169/2016, de 5 de septiembre), en lo que no contradiga la normativa vigente.
- Demás disposiciones vigentes que le sean de aplicación.

ANEXO I
SUBALTERNO

Grupo: E Nivel: 13



MISIÓN:
Distribuir la correspondencia y documentación oficial, facilitar a los alumnos y usuarios del Centro toda la información general sobre la UNED y sus dependencias y en especial efectuar aquellas funciones derivadas del almacén y el mantenimiento del edificio

FUNCIONES:

Acondicionar, vigilar y custodiar el interior de las dependencias del Centro. Así como misiones de conserjería, portero u otras análogas en el mismo.
• Informar y orientar al alumno y público en general en cuanto a consultas que realicen y en su desplazamiento por las distintas dependencias.
• Vigilar los accesos a oficinas y dependencias.
• Atender a las entradas y salidas del público y materiales de acuerdo a las instrucciones y procedimientos establecidos.
• Controlar el orden en el interior del Centro, pasillos y demás dependencias.
• Custodiar las llaves de los despachos y dependencias.
• Abrir los edificios y locales activando, los diversos mecanismos de funcionamiento (aire acondicionado, luz, etc.)
• Acondicionar, rotular, clasificar, archivar grabación, recogida, envío, transporte y entrega de documentos, expedientes, correspondencia y material de oficina; avisos con indicaciones verbales, recados y gestiones en asuntos relacionados con el Centro; ingresos en entidades bancarias.
• Realizar tareas de preparación de correspondencia (ensobrar documentos, etiquetar, sellar,....) para su posterior envío.
• Manejar máquinas reproductoras, fotocopiadoras, encuadernadoras y otras análogas.
• Atender e informar al público, tanto presencial como de forma telefónica o telemática.
• Atender a la reposición de materiales consumibles en servicios, depósitos de agua, etc.
• Realizar, dentro de las dependencias del Centro los traslados de material, mobiliario y enseres.
• Realizar tareas de vigilancia.
• Realizar las tareas de la centralita telefónica del Centro.
• Recibir mercancías y comprobación de los pedidos realizados.
• Supervisar la correcta manipulación de la mercancía.
• Prestar servicios fuera de la jornada cuando se realizan actos académicos y oficiales en el Centro.
• Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas para el buen funcionamiento del Centro.
• Control de asistencia del profesorado a las tutorías del Centro.
• Gestión bancaria.
• Llevar un control informatizado del profesorado.
• Control y venta de material de matrícula.

[más información]

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Modificado: 14/10/2020

Corrección de error. Página Web del Patronato


http://www.patronatouned.almeria.es


Modificado: 19/10/2020

Publicación en el BOE 276, 19 de octubre


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Modificado: 19/10/2020

Modelo de solicitud


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